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SE SALVARON LOS LADRONES EL 15 Y 16 DE MAYO


SANTO DOMINGO.- Desde las seis de la mañana de este sábado ningún ciudadano dominicano podrá ser privado de su libertad por las autoridades, salavo el caso de "flagrante delito".
Así lo establece el arítculo 106 de la Ley Electoral en lo concerniente a "Deberes y Derechos".



"Ninguna autoridad podrá detener o reducir a prisión o privar en cualquier otra forma de su libertad a un ciudadano hábil para votar, durante las 24 horas anteriores a la claususra de la votación, salvo el caso de flagrante delito", expresa ese articulado.

Prohibición espectáculos

La JCE establece en el artículo 108 que "durante el día de la elección (16 de mayo) ni 24 horas antes de las elecciones no podrán celebrarse espectáculos públicos, en local abierto o cerrado".

Tampoco "manifestaciones o reuniones públicas de carácter político, ni propaganda electoral por prensa, radio, televisión, avisos, carteles, telones y otros medios similares",

Además "queda prohibido también la propaganda en los colegios electorales el día de las elecciones".

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